/ lunes 4 de diciembre de 2023

Observatorio Ciudadano | Omisiones y vacíos, el impacto en investigaciones ciudadanas

Hablar de justicia en nuestro país es un tema en el que es muy difícil que nos pongamos de acuerdo, porque, lo que para unos es justo para otros no lo es. Incluso la Real Academia de la Lengua Española establece varias definiciones sobre ese concepto, de justicia define que es un “principio moral que lleva a determinar que todos deben vivir honestamente”, y lo relaciona con otros conceptos como la rectitud, la imparcialidad, la equidad, la neutralidad, la ecuanimidad, la objetividad, la honradez y la honestidad. También la define como “aquello que debe hacerse según derecho o razón”, esta definición encaja más al tema que abordo aquí.

Históricamente en nuestro país hemos padecido de hechos de corrupción que implican a nuestros gobernantes, situaciones que se han replicado en nuestro Estado y en lo local, en nuestro municipio. Y es aquí donde intervienen las organizaciones de sociedad civil en ese tema, en el contexto local, de 2016 a la fecha el Observatorio Ciudadano de Mazatlán ha presentado más de 40 denuncias ante instancias investigadoras de los tres órdenes de Gobierno, y el común que hemos encontrado es la tardanza en la etapa de investigación, actualmente tenemos denuncias con más de tres años en esa etapa.

El Artículo 17 de la Constitución establece en su segundo párrafo que “toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial”, en Sinaloa la Ley que da las facultades de investigación, sustanciación y resolución tanto a la Auditoría Superior del Estado, a la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas y los Órganos Internos de Control cuando se presentan actos de posibles faltas administrativas que pueden derivar en hechos de corrupción, no establece plazos. Me refiero a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa donde, lo más que establece, es que “las autoridades competentes serán responsables de la oportunidad, exhaustividad y eficiencia en la investigación, la integralidad de los datos y documentos, así como el resguardo del expediente en su conjunto”, pero no establecer criterios que definan los conceptos de oportunidad, exhaustividad y eficiencia, que le garanticen a quien presenta la denuncia que se resuelva pronto.

En diciembre de 2022, en el marco del “Día internacional contra la Corrupción”, la organización Iniciativa Sinaloa presentó en el Congreso del Estado una iniciativa en para reformar los artículos 91 y 93 de la Ley de Responsabilidades Administrativas; éstas consisten en establecer un plazo máximo de un año para que los organismos facultados concluyan las investigaciones en el caso de denuncias por posibles faltas administrativas graves o no graves, más un período de 183 días en caso de que, por lo complejo del asunto, se amplíe la investigación.

Se propone, además, que la autoridad investigadora informe cada tres meses al denunciante el avance de la investigación. Con esta propuesta se pretende atender el mandato Constitucional para que la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa establezca plazos y términos para concluir investigaciones que lleven a la impartición de justicia.

Sin embargo, la Comisión de Transparencia, Anticorrupción y Participación Ciudadana del Congreso del Estado de Sinaloa, el pasado 23 de noviembre consideraron que los argumentos presentados por Iniciativa Sinaloa no fueron suficientes ya que, de manera unánime emitieron el acuerdo en donde calificaron improcedente esta iniciativa, argumentando que “la investigación para averiguar si la actuación de un servidor público constituye una falta y de qué tipo, requiere de un tiempo razonable que permita no generar vicios de carácter formal en la investigación y que como consecuencia derive en impunidad para el infractor, comentando que en la Constitución Política de México ya están definidos los plazos para realizar estas investigaciones, los cuales han sido ratificados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, esto sin dar mayores explicaciones. Desde nuestra perspectiva hay una violación al principio de Legalidad que rige a todos los servidores públicos obligando a fundar y motivar su actuación.

Sin duda calificamos como mala la actuación de la Comisión de Transparencia, Anticorrupción y Participación Ciudadana del Congreso del Estado de Sinaloa ya que, en nuestra opinión, no agotaron todos los recursos que tienen a su alcance para analizar de fondo la viabilidad de la propuesta realizada por Iniciativa Sinaloa, remitiéndolo a la Mesa Directiva para que a su vez sea enviado a la Secretaría General del Congreso para su archivo como asunto total y definitivamente concluido, cuando la propuesta estaba debidamente fundada y motivada. Lo que da a pensar que los asuntos que se están tratando en el Congreso son mas de índole personal y político que lo que realmente abona al real combate a la corrupción, provocando que el acceso a la justicia sea un proceso muy lento.

Por ahora me despido, saludos y nos leemos en la siguiente entrega

*Gustavo Enrique Rojo.

“La impunidad premia el delito, induce a su repetición y le hace propaganda; estimula al delincuente y contagia su ejemplo.”

Eduardo Galeano, Periodista y Escritor Uruguayo


observatoriociudadanomzt@hotmail.com

@observatoriomzt

FB: Observatorio Ciudadano de Mazatlán

IG: observatorio ciudadanomzt

*El autor es Director de la Asociación Civil Observatorio Ciudadano de Mazatlán. Contador Público y estudiante de Derecho, especializado en auditorías a recursos públicos y temas anticorrupción.

Hablar de justicia en nuestro país es un tema en el que es muy difícil que nos pongamos de acuerdo, porque, lo que para unos es justo para otros no lo es. Incluso la Real Academia de la Lengua Española establece varias definiciones sobre ese concepto, de justicia define que es un “principio moral que lleva a determinar que todos deben vivir honestamente”, y lo relaciona con otros conceptos como la rectitud, la imparcialidad, la equidad, la neutralidad, la ecuanimidad, la objetividad, la honradez y la honestidad. También la define como “aquello que debe hacerse según derecho o razón”, esta definición encaja más al tema que abordo aquí.

Históricamente en nuestro país hemos padecido de hechos de corrupción que implican a nuestros gobernantes, situaciones que se han replicado en nuestro Estado y en lo local, en nuestro municipio. Y es aquí donde intervienen las organizaciones de sociedad civil en ese tema, en el contexto local, de 2016 a la fecha el Observatorio Ciudadano de Mazatlán ha presentado más de 40 denuncias ante instancias investigadoras de los tres órdenes de Gobierno, y el común que hemos encontrado es la tardanza en la etapa de investigación, actualmente tenemos denuncias con más de tres años en esa etapa.

El Artículo 17 de la Constitución establece en su segundo párrafo que “toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial”, en Sinaloa la Ley que da las facultades de investigación, sustanciación y resolución tanto a la Auditoría Superior del Estado, a la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas y los Órganos Internos de Control cuando se presentan actos de posibles faltas administrativas que pueden derivar en hechos de corrupción, no establece plazos. Me refiero a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa donde, lo más que establece, es que “las autoridades competentes serán responsables de la oportunidad, exhaustividad y eficiencia en la investigación, la integralidad de los datos y documentos, así como el resguardo del expediente en su conjunto”, pero no establecer criterios que definan los conceptos de oportunidad, exhaustividad y eficiencia, que le garanticen a quien presenta la denuncia que se resuelva pronto.

En diciembre de 2022, en el marco del “Día internacional contra la Corrupción”, la organización Iniciativa Sinaloa presentó en el Congreso del Estado una iniciativa en para reformar los artículos 91 y 93 de la Ley de Responsabilidades Administrativas; éstas consisten en establecer un plazo máximo de un año para que los organismos facultados concluyan las investigaciones en el caso de denuncias por posibles faltas administrativas graves o no graves, más un período de 183 días en caso de que, por lo complejo del asunto, se amplíe la investigación.

Se propone, además, que la autoridad investigadora informe cada tres meses al denunciante el avance de la investigación. Con esta propuesta se pretende atender el mandato Constitucional para que la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa establezca plazos y términos para concluir investigaciones que lleven a la impartición de justicia.

Sin embargo, la Comisión de Transparencia, Anticorrupción y Participación Ciudadana del Congreso del Estado de Sinaloa, el pasado 23 de noviembre consideraron que los argumentos presentados por Iniciativa Sinaloa no fueron suficientes ya que, de manera unánime emitieron el acuerdo en donde calificaron improcedente esta iniciativa, argumentando que “la investigación para averiguar si la actuación de un servidor público constituye una falta y de qué tipo, requiere de un tiempo razonable que permita no generar vicios de carácter formal en la investigación y que como consecuencia derive en impunidad para el infractor, comentando que en la Constitución Política de México ya están definidos los plazos para realizar estas investigaciones, los cuales han sido ratificados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, esto sin dar mayores explicaciones. Desde nuestra perspectiva hay una violación al principio de Legalidad que rige a todos los servidores públicos obligando a fundar y motivar su actuación.

Sin duda calificamos como mala la actuación de la Comisión de Transparencia, Anticorrupción y Participación Ciudadana del Congreso del Estado de Sinaloa ya que, en nuestra opinión, no agotaron todos los recursos que tienen a su alcance para analizar de fondo la viabilidad de la propuesta realizada por Iniciativa Sinaloa, remitiéndolo a la Mesa Directiva para que a su vez sea enviado a la Secretaría General del Congreso para su archivo como asunto total y definitivamente concluido, cuando la propuesta estaba debidamente fundada y motivada. Lo que da a pensar que los asuntos que se están tratando en el Congreso son mas de índole personal y político que lo que realmente abona al real combate a la corrupción, provocando que el acceso a la justicia sea un proceso muy lento.

Por ahora me despido, saludos y nos leemos en la siguiente entrega

*Gustavo Enrique Rojo.

“La impunidad premia el delito, induce a su repetición y le hace propaganda; estimula al delincuente y contagia su ejemplo.”

Eduardo Galeano, Periodista y Escritor Uruguayo


observatoriociudadanomzt@hotmail.com

@observatoriomzt

FB: Observatorio Ciudadano de Mazatlán

IG: observatorio ciudadanomzt

*El autor es Director de la Asociación Civil Observatorio Ciudadano de Mazatlán. Contador Público y estudiante de Derecho, especializado en auditorías a recursos públicos y temas anticorrupción.