/ martes 5 de septiembre de 2023

Exhorta COEPRISS a paqueterías a notificar la distribución o traslado de productos para spas

La comisión hace el llamado en notificarles en caso de detectar entre particulares, envió de medicamento controlado o dudosa procedencia

Culiacán, Sin. -La Comisión Estatal para la Protección contra Riegos Sanitarios de Sinaloa (COEPRISS) hace un llamado a las empresas de paqueterías que operan en el Estado a notificarles en caso de detectar el envío entre particulares de medicamento controlado o de dudosa procedencia.

El titular de la COEPRISS en Sinaloa, Randy G. Ross, dio a conocer que esto se da con fundamento en el Capítulo XIX – Actividades Indebidas de FARMACOPEA, el cual es un suplemento para establecimientos dedicados a la venta y suministros de medicamentos y demás insumos para la salud.

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Hacemos un llamado a todas las empresas de Paquetería para que se apeguen estrictamente a las bibliografías oficiales para el correcto transporte de medicamentos y se tenga la evidencia documental de su trazabilidad”, señaló.

Asimismo, explicó como la correcta conservación de la cadena de frio, control de humedad y demás especificaciones necesarias, tal y como lo marca la NOM-059-SSA1-2015.

Ross Álvarez puntualizó que en el Capítulo XIX en su inciso F (Medicamentos controlados) establece que es una actividad indebida vender medicamentos clasificados en la fracción I, II y III por teléfono o internet, sin contar con un establecimiento fijo o legalmente establecido con licencia sanitaria.

Finalmente, mencionó que COEPRISS continuará trabajando de la mano con los establecimientos que ofrecen productos y servicios, buscando la regularización sanitaria para salvaguardar la salud de la población Sinaloense.

Culiacán, Sin. -La Comisión Estatal para la Protección contra Riegos Sanitarios de Sinaloa (COEPRISS) hace un llamado a las empresas de paqueterías que operan en el Estado a notificarles en caso de detectar el envío entre particulares de medicamento controlado o de dudosa procedencia.

El titular de la COEPRISS en Sinaloa, Randy G. Ross, dio a conocer que esto se da con fundamento en el Capítulo XIX – Actividades Indebidas de FARMACOPEA, el cual es un suplemento para establecimientos dedicados a la venta y suministros de medicamentos y demás insumos para la salud.

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Hacemos un llamado a todas las empresas de Paquetería para que se apeguen estrictamente a las bibliografías oficiales para el correcto transporte de medicamentos y se tenga la evidencia documental de su trazabilidad”, señaló.

Asimismo, explicó como la correcta conservación de la cadena de frio, control de humedad y demás especificaciones necesarias, tal y como lo marca la NOM-059-SSA1-2015.

Ross Álvarez puntualizó que en el Capítulo XIX en su inciso F (Medicamentos controlados) establece que es una actividad indebida vender medicamentos clasificados en la fracción I, II y III por teléfono o internet, sin contar con un establecimiento fijo o legalmente establecido con licencia sanitaria.

Finalmente, mencionó que COEPRISS continuará trabajando de la mano con los establecimientos que ofrecen productos y servicios, buscando la regularización sanitaria para salvaguardar la salud de la población Sinaloense.

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