/ lunes 5 de febrero de 2024

Puntos Resolutivos | Luto en Sinaloa: reivindicar los derechos

Hace unos días en una de las carreteras más transitadas de Sinaloa ocurrió una catástrofe que seguramente quedará marcada para la historia del transporte de pasajeros en el estado, el accidente ocurrido en la autopista Mazatlán – Culiacán a la altura del kilómetro 100, muy cercano al municipio de Elota. El reporte de las autoridades arroja que aproximadamente a las 4:00 de la mañana del día 30 de enero un autobús con alrededor de 40 pasajeros se incendió.

De acuerdo a los últimos reportes de la autoridad 22 pasajeros murieron calcinados en el autobús y 18 de ellos quedaron lesionados.

Seguramente Usted, estimado lector al igual que yo hemos utilizado más de una ocasión el transporte terrestre para trasladarse a alguno de los municipios de la entidad o bien para ir de viaje a otro estado, ya sea por trabajo, algún tratamiento médico o de vacaciones; cuando llegamos a la central camionera (sí ahí lo tomamos), seleccionamos al transporte en el cual nos trasladaremos y adquirimos el boleto que acredita nuestro pasaje seguro hacia nuestro lugar de destino; pero ¿cuántas veces nos hemos preguntado si la empresa de transporte cuenta con los permisos y seguros para realizar su actividad?

De acuerdo con la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial publicada en el Diario Oficial de la Federación en mayo del 2022, en su artículo 29 establece: “La Federación y las entidades federativas, en el ámbito de sus competencias, integrarán las bases de datos de movilidad y seguridad vial, las que contendrán, como mínimo, lo siguiente: … II. Licencias de conducir, incluyendo el tipo de licencia y seguros registrados por vehículo;…”

A nivel estatal, la Ley de Movilidad Sustentable del Estado de Sinaloa establece en el artículo 102 que “Son obligaciones de los conductores del servicio público de transporte en materia de tránsito: Contar con licencia de conducir vigente que le haya sido otorgada para la clase de vehículo que conduzca, así como traer en el vehículo la tarjeta de circulación vigente del mismo, y la póliza de seguro vigente con cobertura de al menos daños a terceros, que garantice su responsabilidad civil en caso de hecho de tránsito;..”

Esto quiere decir que no solamente el transporte de pasajeros en carreteras federales, si no también los camiones que transitan en zonas urbanas “AL MENOS” deben tener seguro con daños a terceros, estos no incluyen seguro a pasajeros. Imagínese en qué riesgo nos encontramos al usar transporte público en la ciudad.

De acuerdo con las pólizas de seguro que ofrecen las compañías aseguradoras al parecer hay diversas opciones para este tipo de servicios, sin embargo, el referente a la seguridad de los pasajeros son los que cuenta con responsabilidad civil al pasajero, la cual puede incluir hasta la indemnización a los pasajeros por lesiones corporales o la muerte por las que fuere responsable el asegurado y/o conductor del vehículo asegurado mientras se encuentre a bordo del vehículo al momento del siniestro.

Sin duda, una tragedia como la que ha quedado de manifiesto la semana pasada en la autopista Mazatlán - Culiacán, exhorta a las autoridades a revisar con mayor detenimiento a las empresas de transporte que comercializan la movilidad del estado, a las empresas a tener todos los seguros de pasajeros vigentes y a los concesionarios de las autopistas tener mejor infraestructura vial para garantizar la seguridad de los usuarios.

A los familiares de los pasajeros anónimos que fallecieron entre las llamas del autobús envío mis condolencias, no hay palabras suficientes que cobijen una pérdida irreparable y repentina de ellos; a la ciudadanía, los exhorto a despertar para exigir que los servicios que contratemos sean los que estamos pagando. NO ES POSIBLE que compremos un boleto que NO nos garantice un viaje seguro.

Los Puntos Resolutivos de este análisis son:

Legislación sobre el tema de movilidad y transporte existe; falta autoridad que aplique la norma.

La vida es lo más preciado que tenemos todas y todos y en ese sentido, quienes se dedican a brindar servicios a la población deben de anteponer la comercialización por la vida.

Hace unos días en una de las carreteras más transitadas de Sinaloa ocurrió una catástrofe que seguramente quedará marcada para la historia del transporte de pasajeros en el estado, el accidente ocurrido en la autopista Mazatlán – Culiacán a la altura del kilómetro 100, muy cercano al municipio de Elota. El reporte de las autoridades arroja que aproximadamente a las 4:00 de la mañana del día 30 de enero un autobús con alrededor de 40 pasajeros se incendió.

De acuerdo a los últimos reportes de la autoridad 22 pasajeros murieron calcinados en el autobús y 18 de ellos quedaron lesionados.

Seguramente Usted, estimado lector al igual que yo hemos utilizado más de una ocasión el transporte terrestre para trasladarse a alguno de los municipios de la entidad o bien para ir de viaje a otro estado, ya sea por trabajo, algún tratamiento médico o de vacaciones; cuando llegamos a la central camionera (sí ahí lo tomamos), seleccionamos al transporte en el cual nos trasladaremos y adquirimos el boleto que acredita nuestro pasaje seguro hacia nuestro lugar de destino; pero ¿cuántas veces nos hemos preguntado si la empresa de transporte cuenta con los permisos y seguros para realizar su actividad?

De acuerdo con la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial publicada en el Diario Oficial de la Federación en mayo del 2022, en su artículo 29 establece: “La Federación y las entidades federativas, en el ámbito de sus competencias, integrarán las bases de datos de movilidad y seguridad vial, las que contendrán, como mínimo, lo siguiente: … II. Licencias de conducir, incluyendo el tipo de licencia y seguros registrados por vehículo;…”

A nivel estatal, la Ley de Movilidad Sustentable del Estado de Sinaloa establece en el artículo 102 que “Son obligaciones de los conductores del servicio público de transporte en materia de tránsito: Contar con licencia de conducir vigente que le haya sido otorgada para la clase de vehículo que conduzca, así como traer en el vehículo la tarjeta de circulación vigente del mismo, y la póliza de seguro vigente con cobertura de al menos daños a terceros, que garantice su responsabilidad civil en caso de hecho de tránsito;..”

Esto quiere decir que no solamente el transporte de pasajeros en carreteras federales, si no también los camiones que transitan en zonas urbanas “AL MENOS” deben tener seguro con daños a terceros, estos no incluyen seguro a pasajeros. Imagínese en qué riesgo nos encontramos al usar transporte público en la ciudad.

De acuerdo con las pólizas de seguro que ofrecen las compañías aseguradoras al parecer hay diversas opciones para este tipo de servicios, sin embargo, el referente a la seguridad de los pasajeros son los que cuenta con responsabilidad civil al pasajero, la cual puede incluir hasta la indemnización a los pasajeros por lesiones corporales o la muerte por las que fuere responsable el asegurado y/o conductor del vehículo asegurado mientras se encuentre a bordo del vehículo al momento del siniestro.

Sin duda, una tragedia como la que ha quedado de manifiesto la semana pasada en la autopista Mazatlán - Culiacán, exhorta a las autoridades a revisar con mayor detenimiento a las empresas de transporte que comercializan la movilidad del estado, a las empresas a tener todos los seguros de pasajeros vigentes y a los concesionarios de las autopistas tener mejor infraestructura vial para garantizar la seguridad de los usuarios.

A los familiares de los pasajeros anónimos que fallecieron entre las llamas del autobús envío mis condolencias, no hay palabras suficientes que cobijen una pérdida irreparable y repentina de ellos; a la ciudadanía, los exhorto a despertar para exigir que los servicios que contratemos sean los que estamos pagando. NO ES POSIBLE que compremos un boleto que NO nos garantice un viaje seguro.

Los Puntos Resolutivos de este análisis son:

Legislación sobre el tema de movilidad y transporte existe; falta autoridad que aplique la norma.

La vida es lo más preciado que tenemos todas y todos y en ese sentido, quienes se dedican a brindar servicios a la población deben de anteponer la comercialización por la vida.