/ martes 3 de julio de 2018

Nuevo fallo de Suprema Corte favorece a Cuauhtémoc Blanco

Se determinó que el decreto por el que se expidió no fue refrendado por el Secretario del ramo

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó un acuerdo emitido por el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje que ordenó destituir al ahora virtual gobernador de Morelos, Cuauhtémoc Blanco, así como a los presidentes municipales de, Temoac y Jojutla.

En sesión de este martes, los ministros abordaron el decreto por el que se expidió la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos, en su texto original publicado el 6 de septiembre de 2000, indicando que este no fue refrendado por el Secretario del ramo, lo que se traduce en un vicio del proceso legislativo, que trajo por consecuencia la invalidez de su artículo 124, fracción II.

Recordó que el artículo 124, fracción II de ese ordenamiento faculta al Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje de Morelos (TECAM) para castigar las infracciones a esa ley que no tuvieren establecida otra sanción, así como la desobediencia a las resoluciones del propio TECAM, con la destitución del infractor.

El 6 de mayo y el 14 de septiembre de 2016, así como el 22 de marzo de 2017, se acordó la destitución de los Presidentes Municipales de Jojutla, Temoca y Cuernavaca, Morelos, respectivamente.

Inconformes con tal determinación, los municipales acudieron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a presentar controversias constitucionales, en las que impugnaron el artículo 124, fracción II de la ley aludida, así como los mencionados decretos de destitución.

Al respecto, el Pleno de la SCJN determinó que el decreto por el que se expidió, no fue refrendado por el Secretario del ramo, que en aquel momento era el Secretario de Desarrollo, sino que únicamente fue firmado por el Gobernador y el Secretario de Gobierno.

Lo anterior se traduce en un vicio del proceso legislativo, por lo que la Corte, invalidó también el acuerdo emitido por el TECAM, por el que destituyó a los Presidentes Municipales aludidos.

Por otra parte, la Corte no hizo pronunciamiento respecto de la situación fáctica de los presidentes municipales, ya que en su momento se concedieron las suspensiones en las controversias constitucionales, para el efecto de que no se ejecutarán las resoluciones impugnadas, hasta en tanto se resolviera el fondo de las controversias constitucionales.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó un acuerdo emitido por el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje que ordenó destituir al ahora virtual gobernador de Morelos, Cuauhtémoc Blanco, así como a los presidentes municipales de, Temoac y Jojutla.

En sesión de este martes, los ministros abordaron el decreto por el que se expidió la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos, en su texto original publicado el 6 de septiembre de 2000, indicando que este no fue refrendado por el Secretario del ramo, lo que se traduce en un vicio del proceso legislativo, que trajo por consecuencia la invalidez de su artículo 124, fracción II.

Recordó que el artículo 124, fracción II de ese ordenamiento faculta al Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje de Morelos (TECAM) para castigar las infracciones a esa ley que no tuvieren establecida otra sanción, así como la desobediencia a las resoluciones del propio TECAM, con la destitución del infractor.

El 6 de mayo y el 14 de septiembre de 2016, así como el 22 de marzo de 2017, se acordó la destitución de los Presidentes Municipales de Jojutla, Temoca y Cuernavaca, Morelos, respectivamente.

Inconformes con tal determinación, los municipales acudieron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a presentar controversias constitucionales, en las que impugnaron el artículo 124, fracción II de la ley aludida, así como los mencionados decretos de destitución.

Al respecto, el Pleno de la SCJN determinó que el decreto por el que se expidió, no fue refrendado por el Secretario del ramo, que en aquel momento era el Secretario de Desarrollo, sino que únicamente fue firmado por el Gobernador y el Secretario de Gobierno.

Lo anterior se traduce en un vicio del proceso legislativo, por lo que la Corte, invalidó también el acuerdo emitido por el TECAM, por el que destituyó a los Presidentes Municipales aludidos.

Por otra parte, la Corte no hizo pronunciamiento respecto de la situación fáctica de los presidentes municipales, ya que en su momento se concedieron las suspensiones en las controversias constitucionales, para el efecto de que no se ejecutarán las resoluciones impugnadas, hasta en tanto se resolviera el fondo de las controversias constitucionales.

Local

Donan extintores contra incendios al Mercado Pino Suárez en Mazatlán

La asociación Unidos por el Mercado Pino Suárez donó 10 equipos contra incendios con una inversión de 22 mil 500 pesos

Finanzas

Eventos deportivos mantendrán llenos los hoteles en Mazatlán esta semana

Del 30 de abril al 5 de mayo se espera una ocupación del 98 por ciento y una derrama económica de casi 444 millones de pesos

Local

Mar arroja lobo marino en estado de descomposición en playa de Olas Altas

El ejemplar apareció esta mañana en la zona rocosa de esta playa

Local

¡No te quedes fuera! Este lunes la UAS dará nuevas fichas de preinscripción

Aunque el proceso de preinscripciones ya terminó, la UAS ofertará 15 mil dichas más para quienes no alcanzaron una a partir de este lunes 29 de abril

Elecciones 2024

Hoy debaten candidatos a senadores y a la presidencia de México, conoce cómo verlos

Este domingo se llevarán a cabo dos debates, que los sinaloenses podrán ver a fin de tomar decisiones respecto a su voto el próximo 02 de junio

Local

Reponen brazo del cupido del monumento a la Diosa de los Mares en Mazatlán

El Monumento no duró más de una semana en buen estado después de ser víctima de actos de vandalismo