/ lunes 27 de mayo de 2024

Última llamada: Empresas tienen hasta el 31 de mayo para pagar las utilidades

El director del Trabajo y Prevención Social en Sinaloa, dijo que el 01 de junio los trabajadores podrán poner una queja si no se les paga

Culiacán, Sin.- A cuatro días para que finalice el plazo para el pago de utilidades a trabajadores, el director del Trabajo y Prevención Social en Sinaloa, Ascensión Zepeda Rocha, informó que el próximo 31 de mayo finaliza el plazo para que las personas morales, es decir, las empresas, cumplan con el pago de utilidades correspondiente a las ganancias obtenidas durante el ejercicio fiscal 2023.

Asimismo, el funcionario estatal puntualizó que a partir del 1 de junio, todo trabajador al que se le haya incumplido con esta prestación podrá presentar su queja ante esta dependencia, para lo cual tendrán todo un año, es decir, hasta el 1 de junio del 2025.

También puedes leer: Pago de utilidades: empresas tienen hasta el 31 de mayo para otorgar está prestación

Agregó que las personas físicas, es decir, quienes de manera individual poseen algún negocio, tienen como fecha límite para la dispersión de utilidades hasta el día 30 de junio.

En ese sentido, los empleados que no reciban la prestación podrán quejarse a partir del 1 de julio e igualmente tendrán todo un año para hacerlo.

Recordar que lo que se tiene que repartir, por así decirlo, es el 10 por ciento de las utilidades de las empresas, y también precisar que ese 10 por ciento no se reparte digamos en partes iguales, sino que tiene variables que son las más importantes; una es tu salario, y dos tus días trabajados, y con base a esas dos variables se te asigna el monto que te toca de utilidades”, explicó.

Es importante destacar que cualquier trabajador con un mínimo de 60 días trabajados para la misma empresa en el año, tiene derecho a utilidades.

Las únicas que no cuentan con obligación de pagar utilidades son las empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento.

Así como también las empresas nuevas que se dediquen a la elaboración de un producto novedoso, las empresas nuevas de la industria extractiva durante el periodo de exploración, instituciones de asistencia privada reconocidas por las leyes, el IMSS e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.

Culiacán, Sin.- A cuatro días para que finalice el plazo para el pago de utilidades a trabajadores, el director del Trabajo y Prevención Social en Sinaloa, Ascensión Zepeda Rocha, informó que el próximo 31 de mayo finaliza el plazo para que las personas morales, es decir, las empresas, cumplan con el pago de utilidades correspondiente a las ganancias obtenidas durante el ejercicio fiscal 2023.

Asimismo, el funcionario estatal puntualizó que a partir del 1 de junio, todo trabajador al que se le haya incumplido con esta prestación podrá presentar su queja ante esta dependencia, para lo cual tendrán todo un año, es decir, hasta el 1 de junio del 2025.

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Agregó que las personas físicas, es decir, quienes de manera individual poseen algún negocio, tienen como fecha límite para la dispersión de utilidades hasta el día 30 de junio.

En ese sentido, los empleados que no reciban la prestación podrán quejarse a partir del 1 de julio e igualmente tendrán todo un año para hacerlo.

Recordar que lo que se tiene que repartir, por así decirlo, es el 10 por ciento de las utilidades de las empresas, y también precisar que ese 10 por ciento no se reparte digamos en partes iguales, sino que tiene variables que son las más importantes; una es tu salario, y dos tus días trabajados, y con base a esas dos variables se te asigna el monto que te toca de utilidades”, explicó.

Es importante destacar que cualquier trabajador con un mínimo de 60 días trabajados para la misma empresa en el año, tiene derecho a utilidades.

Las únicas que no cuentan con obligación de pagar utilidades son las empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento.

Así como también las empresas nuevas que se dediquen a la elaboración de un producto novedoso, las empresas nuevas de la industria extractiva durante el periodo de exploración, instituciones de asistencia privada reconocidas por las leyes, el IMSS e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.

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