/ lunes 5 de junio de 2023

Estación Rosales | Razones de género detrás de los feminicidios en Sinaloa

Del año 2015 al 2023, en nuestro estado han sido asesinadas más de 441 mujeres, en 340 casos se trata de feminicidios, esto es que detrás del 77% de las muertes violentas de mujeres ocurridas, se encuentra una cultura que violenta y lastima a las mujeres por el hecho de ser mujeres.

Hace más de 8 años que el delito de feminicidio está tipificado en nuestro Código Penal, haciendo distinciones para establecer razones de género y con ello identificar rasgos o patrones culturales de machismo y misoginia, imponer penas más altas que si se tratase de un homicidio doloso simple, y de alguna manera poner alertas en ello que permitan intensificar su abordaje.

La violencia hacia las mujeres que día a día adquiere más formas y manifestaciones, y con ello más saña y crueldad, requiere acciones que le cierren la puerta a la impunidad, y a principios del año 2023 se publicaron reformas en el tipo penal de feminicidio, entre las que se encuentran incluir como víctimas del delito de feminicidio a personas que han modificado su identidad de género para ser vistas como mujeres; nuevas expresiones y/o más amplia descripción en las llamadas razones de género, que ascienden a doce; aumento de la pena a sesenta años, y establecimiento de agravantes.

Al identificar una o varias de las llamadas razones de género se establece la hipótesis, la mataron por ser mujer, pues estas describen o manifiestan las consecuencias de los roles y estereotipos de género socioculturalmente asignados que colocan a las mujeres en situaciones de desventaja, desigualdad, inferioridad, maltrato, y explotación, mostrando con ello la discriminación y el odio hacia las mujeres.

En Sinaloa, el Congreso del Estado modificó las razones de género para agregar porciones normativas como los actos de necrofilia; violencia de género, privación de la vida, y respecto a los restos o el cuerpo sean inhumados, ocultados, incinerados o sometidos a cualquier sustancia que lo desintegre;

Asimismo la existencia de datos denunciados o no, de antecedentes de violencia de género en cualquiera de sus ámbitos; o antecedentes de amenazas, agresiones, intimidación, hostigamiento, acoso o lesiones, aquellas que pretendan limitar, anular o menoscabar el ejercicio de derechos políticos electorales o acceso a un cargo político, público de poder o de decisión; la existencia de algún tipo de relación con la víctima y el sujeto activo, como el parentesco, noviazgo, amistad, afectiva, de confianza o relación de hecho (extra marital por ejemplo);

Se añaden, el cargo, encargó, situación personal, y/o deber de cuidado sobre la víctima; la existencia de relación de superioridad o subordinación de tipo laboral, docente, religiosa, institucional; el trabajo sexual o sea víctima de trata o explotación sexual; o bien, porque desarrolle alguna ocupación o profesión estigmatizada o relacionada con el uso de la propia imagen; y el uso de algún agente o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable, álcalis, ácidos o sustancias similares, incluyendo las que necesiten de otro agente para reaccionar.

Agravantes cuando el sujeto activo sea servidor público y haga valer de sus funciones para cometer el delito; sean dos o más personas, o tenga el oficio de conductor de vehículo de transporte de pasajeros, turismo privado o público; y cuando la víctima sea una niña, adolescente, adulta mayor o con discapacidad; se encuentre embarazada, o se le haya privado de la vida en presencia de otras personas relacionadas con ella por parentesco, noviazgo, amistad, una relación de confianza o de hecho.

No dejaremos de notar que con estas reformas el feminicida perderá todos los derechos en relación a la víctima, incluyendo los de carácter sucesorio.

Al leer las nuevas líneas del delito de feminicidio, es imposible no recordar terribles trascendidos en nuestro estado como Guadalupe, Perla, Dayana, y Maricarmen hace apenas unos días; en el país, las muertas de Juárez, Rubí, Marisela, Mariana, Mara, Lesvy, Fátima, y Debanhi, entre muchas muchas más que ya no están con nosotras, que les robaron la esperanza y la vida, y por la cuales no dejaremos de clamar justicia.

Pronto nos daremos cita en Culiacán para escuchar el testimonio “No fue suicidio, sino Feminicidio” de Irinea Buendía.

Del año 2015 al 2023, en nuestro estado han sido asesinadas más de 441 mujeres, en 340 casos se trata de feminicidios, esto es que detrás del 77% de las muertes violentas de mujeres ocurridas, se encuentra una cultura que violenta y lastima a las mujeres por el hecho de ser mujeres.

Hace más de 8 años que el delito de feminicidio está tipificado en nuestro Código Penal, haciendo distinciones para establecer razones de género y con ello identificar rasgos o patrones culturales de machismo y misoginia, imponer penas más altas que si se tratase de un homicidio doloso simple, y de alguna manera poner alertas en ello que permitan intensificar su abordaje.

La violencia hacia las mujeres que día a día adquiere más formas y manifestaciones, y con ello más saña y crueldad, requiere acciones que le cierren la puerta a la impunidad, y a principios del año 2023 se publicaron reformas en el tipo penal de feminicidio, entre las que se encuentran incluir como víctimas del delito de feminicidio a personas que han modificado su identidad de género para ser vistas como mujeres; nuevas expresiones y/o más amplia descripción en las llamadas razones de género, que ascienden a doce; aumento de la pena a sesenta años, y establecimiento de agravantes.

Al identificar una o varias de las llamadas razones de género se establece la hipótesis, la mataron por ser mujer, pues estas describen o manifiestan las consecuencias de los roles y estereotipos de género socioculturalmente asignados que colocan a las mujeres en situaciones de desventaja, desigualdad, inferioridad, maltrato, y explotación, mostrando con ello la discriminación y el odio hacia las mujeres.

En Sinaloa, el Congreso del Estado modificó las razones de género para agregar porciones normativas como los actos de necrofilia; violencia de género, privación de la vida, y respecto a los restos o el cuerpo sean inhumados, ocultados, incinerados o sometidos a cualquier sustancia que lo desintegre;

Asimismo la existencia de datos denunciados o no, de antecedentes de violencia de género en cualquiera de sus ámbitos; o antecedentes de amenazas, agresiones, intimidación, hostigamiento, acoso o lesiones, aquellas que pretendan limitar, anular o menoscabar el ejercicio de derechos políticos electorales o acceso a un cargo político, público de poder o de decisión; la existencia de algún tipo de relación con la víctima y el sujeto activo, como el parentesco, noviazgo, amistad, afectiva, de confianza o relación de hecho (extra marital por ejemplo);

Se añaden, el cargo, encargó, situación personal, y/o deber de cuidado sobre la víctima; la existencia de relación de superioridad o subordinación de tipo laboral, docente, religiosa, institucional; el trabajo sexual o sea víctima de trata o explotación sexual; o bien, porque desarrolle alguna ocupación o profesión estigmatizada o relacionada con el uso de la propia imagen; y el uso de algún agente o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable, álcalis, ácidos o sustancias similares, incluyendo las que necesiten de otro agente para reaccionar.

Agravantes cuando el sujeto activo sea servidor público y haga valer de sus funciones para cometer el delito; sean dos o más personas, o tenga el oficio de conductor de vehículo de transporte de pasajeros, turismo privado o público; y cuando la víctima sea una niña, adolescente, adulta mayor o con discapacidad; se encuentre embarazada, o se le haya privado de la vida en presencia de otras personas relacionadas con ella por parentesco, noviazgo, amistad, una relación de confianza o de hecho.

No dejaremos de notar que con estas reformas el feminicida perderá todos los derechos en relación a la víctima, incluyendo los de carácter sucesorio.

Al leer las nuevas líneas del delito de feminicidio, es imposible no recordar terribles trascendidos en nuestro estado como Guadalupe, Perla, Dayana, y Maricarmen hace apenas unos días; en el país, las muertas de Juárez, Rubí, Marisela, Mariana, Mara, Lesvy, Fátima, y Debanhi, entre muchas muchas más que ya no están con nosotras, que les robaron la esperanza y la vida, y por la cuales no dejaremos de clamar justicia.

Pronto nos daremos cita en Culiacán para escuchar el testimonio “No fue suicidio, sino Feminicidio” de Irinea Buendía.