/ lunes 30 de diciembre de 2019

No se preocupe; ocúpese de sus deberes fiscales 2020

Al concluir una década como la que estamos a punto de atravesar conocida como: “De los años diez”, recordemos a los personas que participaron en la historia de ella como: Andrés Manuel López Obrador, Enrique Peña Nieto, Barack Obama, Papa Francisco, el movimiento feminista, los 43 estudiantes de Ayotzinapa, Malala Yousafzai, Greta Thunberg, Usain Bolt, María del Rosario Espinoza, Itzel Manjarrez, Julio Urías y personajes que aunque su principal actividad está al margen de la ley han “destacado”, etc.

Esta década cierra, según expertos en economía con un estancamiento del 0% para este 2019 y un pronóstico para el 2020 de un menos 1% en el impulso a la economía mexicana.

La próxima década comenzará con las recientes reformas fiscales aprobadas para el 2020 por el Poder Legislativo a nivel federal y estatal, están a punto de comenzar su vigencia, por lo que los invito a hacer las anotaciones correspondientes para estar preparados ante el fisco del 2020.

1. Servicios Digitales

La Ley del Impuesto Sobre la Renta, a partir del próximo año gravará los ingresos que se perciban a través de la venta de bienes o servicios digitales por medio de plataformas en internet.

*Para prestadores de servicios por internet (Netflix, Amazon, Mercado Libre), las tasas para gravar este ingreso van entre 0.4% para quienes reciban ingresos por 1,500 pesos y hasta el 15.4% para quienes ganen más de 100 mil pesos mensuales.

*Para quienes brindan servicios de transporte por internet (Uber, Didi, Cabify) la tasa de retención mensual será entre el 2% para quienes reciban ingresos hasta de 5 mil 500 pesos y hasta el 8% quienes perciban más de 21 mil pesos mensuales.

*Para las plataformas que brindan servicios de hospedaje (Airbnb) la retención será entre el 2% para quienes perciban hasta 5 mil pesos mensuales y hasta el 10% para quienes perciban más de 15 mil pesos mensuales.

La adquisición de servicios y enajenaciones de bienes por medio de internet se le aplicará la tasa del 16% sobre el valor del producto o servicio de acuerdo a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, esto quiere decir que si Usted tiene una renta mensual en Netflix de $100 pesos, a partir del próximo año serán $116 pesos. ¡Prepárese!

2. Facturación Instantánea

En los últimos días los bancos han estado llenos de personas procurando pagar los créditos que han contratado durante este año o años pasados, ya que la mayoría de las y los cuentahabientes aprovechan las mensualidades sin intereses o compras a plazos largos para adquirir bienes que satisfagan sus necesidades. Sin embargo, a partir del próximo año, Usted deberá prestar oídos a especialistas, ya que este año el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Asociación de Bancos de México, implementarán la facturación donde a través de la Terminal Punto de Venta, al realizar el PAGO CON TARJETA DE CRÉDITO O DÉBITO, de los productos o servicios que adquiera, se generará de manera inmediata la factura.

Esta facturación instantánea, ES OPCIONAL por parte de quien factura, sin embargo esto quiere decir que el SAT, tendrá acceso a la información de las compras que realice mediante tarjeta de débito o crédito y mediante sus facultades de comprobación, podrá revisar sus operaciones bancarias contra los ingresos que perciba. ¡Alertas con el buzón tributario!

3. Facturación falsa

De acuerdo al boletín 43/2019 de Deloitte, cabe destacar que una de las reformas más importantes para la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, señala que cuando 3 o más personas se organicen para realizar, de forma permanente o reiterada conductas que tengan como resultado la expedición, enajenación, compra o adquisición de Comprobantes Fiscales Digitales simplificados que amparen operaciones falsas o actos simulados,con cifras, cantidades o valores que amparen operaciones que superen $7,804,230.00 serán sancionadas con hasta 8 años de cárcel.

4. Impuesto Predial en Sinaloa

Conforme a la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Sinaloa se encuentran obligados al pago del impuesto predial quienes sean propietarios, copropietarios, condóminos, usufructuarios de predios rústicos o urbanos, así como poseedor, coposeedores o detentadores de predios rústicos y urbanos, titulares de derechos agrarios entre otros, por lo que para el 2020, este impuesto a nivel estatal aumentará el 2.5% de acuerdo a la tarifa que para el valor del inmueble establece la ley.

5. La tenencia simulada

A nivel nacional 17 Estados de la República no cobran tenencia vehicular, 10 Estados implementaron subsidios parciales para este impuesto y sólo Nuevo León cobra este impuesto con determinados descuentos. Sin embargo, en Sinaloa a partir de la eliminación de este impuesto en 2017, resulta que todos los vehículos deben adquirir su permiso de circulación en el estado mediante la calcolmanía y la tarjeta de circulación, la cual a partir de la eliminación de la tenencia sufrió un incremento del 200% frente a lo que se pagaba por este derecho en 2016. ¡Vaya disfraz!

La mayoría de las actividades que realizamos por NO decir que todas, se encuentran gravados por impuestos que el Estado recauda para generar servicios públicos, es por ello que es importante cumplir con nuestras obligaciones fiscales, de planear nuestras compras y egresos cotidianos, para que la visita del fisco no se vuelva una película de terror que nos aterrorice a partir de la implementación de las reformas fiscales que todos los años se dan.

Lo que no podemos hacer es encontrar una salida ficticia, como en una reciente declaración del Presidente Municipal de Culiacán, en la que sugiere evitar los baches, yéndose por donde no hay.

¡Adiós a la década de los años 10! Esperemos que el pronóstico del menos 1% falle.

Agradezco su lectura en este 2019 e invito a continuar en 2020 con “Puntos Resolutivos”.

Que el año venidero NO le caiga el fisco y que SÍ le caigan las devoluciones de sus impuestos 2019.

Nathalie Elizabeth Henderson Inzunza: Soy consultora de proyectos sociales y abogada postulante con 12 años de experiencia. He colaborado en el sector público a nivel federal y estatal, así como en el sector privado en despachos jurídicos especializados en derecho civil, fiscal y comercio exterior.

Me he desempeñado como catedrática en las materias de derecho fiscal, ambiental, laboral y comercio exterior. Estudié en la Escuela Libre de Derecho de Sinaloa, la licenciatura en derecho y posteriormente la especialidad en derecho fiscal y maestría en derecho en el Posgrado de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Facebook: @NathalieHenderson-PuntosResolutivos

Al concluir una década como la que estamos a punto de atravesar conocida como: “De los años diez”, recordemos a los personas que participaron en la historia de ella como: Andrés Manuel López Obrador, Enrique Peña Nieto, Barack Obama, Papa Francisco, el movimiento feminista, los 43 estudiantes de Ayotzinapa, Malala Yousafzai, Greta Thunberg, Usain Bolt, María del Rosario Espinoza, Itzel Manjarrez, Julio Urías y personajes que aunque su principal actividad está al margen de la ley han “destacado”, etc.

Esta década cierra, según expertos en economía con un estancamiento del 0% para este 2019 y un pronóstico para el 2020 de un menos 1% en el impulso a la economía mexicana.

La próxima década comenzará con las recientes reformas fiscales aprobadas para el 2020 por el Poder Legislativo a nivel federal y estatal, están a punto de comenzar su vigencia, por lo que los invito a hacer las anotaciones correspondientes para estar preparados ante el fisco del 2020.

1. Servicios Digitales

La Ley del Impuesto Sobre la Renta, a partir del próximo año gravará los ingresos que se perciban a través de la venta de bienes o servicios digitales por medio de plataformas en internet.

*Para prestadores de servicios por internet (Netflix, Amazon, Mercado Libre), las tasas para gravar este ingreso van entre 0.4% para quienes reciban ingresos por 1,500 pesos y hasta el 15.4% para quienes ganen más de 100 mil pesos mensuales.

*Para quienes brindan servicios de transporte por internet (Uber, Didi, Cabify) la tasa de retención mensual será entre el 2% para quienes reciban ingresos hasta de 5 mil 500 pesos y hasta el 8% quienes perciban más de 21 mil pesos mensuales.

*Para las plataformas que brindan servicios de hospedaje (Airbnb) la retención será entre el 2% para quienes perciban hasta 5 mil pesos mensuales y hasta el 10% para quienes perciban más de 15 mil pesos mensuales.

La adquisición de servicios y enajenaciones de bienes por medio de internet se le aplicará la tasa del 16% sobre el valor del producto o servicio de acuerdo a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, esto quiere decir que si Usted tiene una renta mensual en Netflix de $100 pesos, a partir del próximo año serán $116 pesos. ¡Prepárese!

2. Facturación Instantánea

En los últimos días los bancos han estado llenos de personas procurando pagar los créditos que han contratado durante este año o años pasados, ya que la mayoría de las y los cuentahabientes aprovechan las mensualidades sin intereses o compras a plazos largos para adquirir bienes que satisfagan sus necesidades. Sin embargo, a partir del próximo año, Usted deberá prestar oídos a especialistas, ya que este año el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Asociación de Bancos de México, implementarán la facturación donde a través de la Terminal Punto de Venta, al realizar el PAGO CON TARJETA DE CRÉDITO O DÉBITO, de los productos o servicios que adquiera, se generará de manera inmediata la factura.

Esta facturación instantánea, ES OPCIONAL por parte de quien factura, sin embargo esto quiere decir que el SAT, tendrá acceso a la información de las compras que realice mediante tarjeta de débito o crédito y mediante sus facultades de comprobación, podrá revisar sus operaciones bancarias contra los ingresos que perciba. ¡Alertas con el buzón tributario!

3. Facturación falsa

De acuerdo al boletín 43/2019 de Deloitte, cabe destacar que una de las reformas más importantes para la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, señala que cuando 3 o más personas se organicen para realizar, de forma permanente o reiterada conductas que tengan como resultado la expedición, enajenación, compra o adquisición de Comprobantes Fiscales Digitales simplificados que amparen operaciones falsas o actos simulados,con cifras, cantidades o valores que amparen operaciones que superen $7,804,230.00 serán sancionadas con hasta 8 años de cárcel.

4. Impuesto Predial en Sinaloa

Conforme a la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Sinaloa se encuentran obligados al pago del impuesto predial quienes sean propietarios, copropietarios, condóminos, usufructuarios de predios rústicos o urbanos, así como poseedor, coposeedores o detentadores de predios rústicos y urbanos, titulares de derechos agrarios entre otros, por lo que para el 2020, este impuesto a nivel estatal aumentará el 2.5% de acuerdo a la tarifa que para el valor del inmueble establece la ley.

5. La tenencia simulada

A nivel nacional 17 Estados de la República no cobran tenencia vehicular, 10 Estados implementaron subsidios parciales para este impuesto y sólo Nuevo León cobra este impuesto con determinados descuentos. Sin embargo, en Sinaloa a partir de la eliminación de este impuesto en 2017, resulta que todos los vehículos deben adquirir su permiso de circulación en el estado mediante la calcolmanía y la tarjeta de circulación, la cual a partir de la eliminación de la tenencia sufrió un incremento del 200% frente a lo que se pagaba por este derecho en 2016. ¡Vaya disfraz!

La mayoría de las actividades que realizamos por NO decir que todas, se encuentran gravados por impuestos que el Estado recauda para generar servicios públicos, es por ello que es importante cumplir con nuestras obligaciones fiscales, de planear nuestras compras y egresos cotidianos, para que la visita del fisco no se vuelva una película de terror que nos aterrorice a partir de la implementación de las reformas fiscales que todos los años se dan.

Lo que no podemos hacer es encontrar una salida ficticia, como en una reciente declaración del Presidente Municipal de Culiacán, en la que sugiere evitar los baches, yéndose por donde no hay.

¡Adiós a la década de los años 10! Esperemos que el pronóstico del menos 1% falle.

Agradezco su lectura en este 2019 e invito a continuar en 2020 con “Puntos Resolutivos”.

Que el año venidero NO le caiga el fisco y que SÍ le caigan las devoluciones de sus impuestos 2019.

Nathalie Elizabeth Henderson Inzunza: Soy consultora de proyectos sociales y abogada postulante con 12 años de experiencia. He colaborado en el sector público a nivel federal y estatal, así como en el sector privado en despachos jurídicos especializados en derecho civil, fiscal y comercio exterior.

Me he desempeñado como catedrática en las materias de derecho fiscal, ambiental, laboral y comercio exterior. Estudié en la Escuela Libre de Derecho de Sinaloa, la licenciatura en derecho y posteriormente la especialidad en derecho fiscal y maestría en derecho en el Posgrado de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Facebook: @NathalieHenderson-PuntosResolutivos