/ miércoles 3 de febrero de 2021

¿Adiós a la impunidad de la violencia política en razón de género?

La violencia política en razón de género es un cáncer que invade el terreno político, el principal obstáculo para el cumplimiento de los derechos políticos de las mujeres, hoy visible y con consecuencias jurídicas a raíz de las últimas reformas y acciones afirmativas, pero, ¿es esto suficiente?

Primero hay que permear el término en la cultura, sobre todo a raíz de normalizar la violencia en todos los aspectos de la vida pública -incluida la política- basta recordar sesiones de cámara de diputados, el senado, las elecciones internas de los partidos, los discursos de campaña, expresiones de funcionarios, en fin, la lista de ejemplos es larga.

Sin embargo, lo que se conoce como “razón de género” le da visibilidad a estas violencias en el lenguaje y en las relaciones desiguales entre hombres y mujeres que se encuentran con mayor fuerza en el ejercicio del poder o acceso al poder, que dañan y vulneran de manera desproporcionada a las mujeres. Estas violencias que se reproducen a través del sexismo, la misoginia y el machismo son los obstáculos que hay que sortear en el camino al reconocimiento de los derechos, por ende, de la carrera política, capacidad y esfuerzo de cada mujer.

Entendiendo este enorme reto, el pasado viernes 29 de enero el Consejo General del Instituto Electoral aprobó los Lineamientos para la integración, funcionamiento, actualización y conservación del registro local de personas que cometieron conductas que constituyen violencia política contra las mujeres en razón de género, con esta acción se abona al cumplimiento de la declaración 3 de 3 en materia de violencia de género, a fin de garantizar que aspirantes y candidatos no hayan sido condenados o sancionados por violencia familiar, doméstica o cualquier agresión de género en el ámbito público y privado, esto incluye que comprueben no haber sido condenados o sancionados mediante resolución firme por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal.

Otra de las acciones que sin duda dan muestra de democracia son las resoluciones del Tribunal Estatal Electoral que emitió un par de sentencias por actualizarse la violencia política en razón de género en contra de los ediles de Ahome (Manuel Guillermo Chapman Moreno) y Mazatlán (Luis Guillermo Benítez Torres) en donde el Tribunal resuelve dejar si efectos los nombramientos de los titulares de los Órganos de Control Interno, y determinó dar una disculpa pública a las dos funcionarias afectadas: Angélica Valenzuela Benítez, en Ahome, y Elsa Isela Bojórquez Mascareño en Mazatlán.

En el caso de alcalde de Mazatlán, la Comisión de Honor y Justicia de su partido determinó se le suspendían sus derechos partidarios, sin embargo, la resolución del órgano partidista ha sido revocada este sábado 30 de enero por el propio Tribunal, el cual señala que “la suspensión de derechos está prevista como una sanción que deberá aplicarse de acuerdo con el debido proceso y una vez concluido el procedimiento sancionador, pero no como una medida cautelar al inicio del procedimiento como ocurrió en el acuerdo impugnado”, sin embargo, el hecho de haber sido ya señalado como perpetrador de violencia política de género como en el caso del edil de Ahome, les deja prácticamente fuera de la contienda electoral 2021, ello de conformidad con lo establecido en la Ley General en materia de Delitos Electorales.

Es el tratamiento de estas violencias, los mecanismos para su prevención y atención los que tendrán efectos claros en estas elecciones, pero por encima de ello, en nuestra democracia y el desarrollo inclusivo del Estado.

La violencia política en razón de género es un cáncer que invade el terreno político, el principal obstáculo para el cumplimiento de los derechos políticos de las mujeres, hoy visible y con consecuencias jurídicas a raíz de las últimas reformas y acciones afirmativas, pero, ¿es esto suficiente?

Primero hay que permear el término en la cultura, sobre todo a raíz de normalizar la violencia en todos los aspectos de la vida pública -incluida la política- basta recordar sesiones de cámara de diputados, el senado, las elecciones internas de los partidos, los discursos de campaña, expresiones de funcionarios, en fin, la lista de ejemplos es larga.

Sin embargo, lo que se conoce como “razón de género” le da visibilidad a estas violencias en el lenguaje y en las relaciones desiguales entre hombres y mujeres que se encuentran con mayor fuerza en el ejercicio del poder o acceso al poder, que dañan y vulneran de manera desproporcionada a las mujeres. Estas violencias que se reproducen a través del sexismo, la misoginia y el machismo son los obstáculos que hay que sortear en el camino al reconocimiento de los derechos, por ende, de la carrera política, capacidad y esfuerzo de cada mujer.

Entendiendo este enorme reto, el pasado viernes 29 de enero el Consejo General del Instituto Electoral aprobó los Lineamientos para la integración, funcionamiento, actualización y conservación del registro local de personas que cometieron conductas que constituyen violencia política contra las mujeres en razón de género, con esta acción se abona al cumplimiento de la declaración 3 de 3 en materia de violencia de género, a fin de garantizar que aspirantes y candidatos no hayan sido condenados o sancionados por violencia familiar, doméstica o cualquier agresión de género en el ámbito público y privado, esto incluye que comprueben no haber sido condenados o sancionados mediante resolución firme por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal.

Otra de las acciones que sin duda dan muestra de democracia son las resoluciones del Tribunal Estatal Electoral que emitió un par de sentencias por actualizarse la violencia política en razón de género en contra de los ediles de Ahome (Manuel Guillermo Chapman Moreno) y Mazatlán (Luis Guillermo Benítez Torres) en donde el Tribunal resuelve dejar si efectos los nombramientos de los titulares de los Órganos de Control Interno, y determinó dar una disculpa pública a las dos funcionarias afectadas: Angélica Valenzuela Benítez, en Ahome, y Elsa Isela Bojórquez Mascareño en Mazatlán.

En el caso de alcalde de Mazatlán, la Comisión de Honor y Justicia de su partido determinó se le suspendían sus derechos partidarios, sin embargo, la resolución del órgano partidista ha sido revocada este sábado 30 de enero por el propio Tribunal, el cual señala que “la suspensión de derechos está prevista como una sanción que deberá aplicarse de acuerdo con el debido proceso y una vez concluido el procedimiento sancionador, pero no como una medida cautelar al inicio del procedimiento como ocurrió en el acuerdo impugnado”, sin embargo, el hecho de haber sido ya señalado como perpetrador de violencia política de género como en el caso del edil de Ahome, les deja prácticamente fuera de la contienda electoral 2021, ello de conformidad con lo establecido en la Ley General en materia de Delitos Electorales.

Es el tratamiento de estas violencias, los mecanismos para su prevención y atención los que tendrán efectos claros en estas elecciones, pero por encima de ello, en nuestra democracia y el desarrollo inclusivo del Estado.